Derechos de las Victimas en Nevada

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El Articulo 1, Sección 8A, de la Constitución de Nevada confiere ciertos derechos a las víctimas de delitos. Desde el 27 de noviembre 2018.

  1. Cada persona que es víctima de un delito tiene los siguientes derechos:
    1. Ser tratado con imparcialidad y respeto junto con confidencialidad y dignidad, y no ser intimidado, hostigado o sufrir algún abuso durante todo el proceso penal o de justicia de menores.
    2. Recibir protección razonable con respecto al acusado y de las personas que actúen en nombre del acusado.
    3. Considerar la seguridad de la víctima y su familia al establecer el monto de la fianza y las condiciones de la liberación del acusado.
    4. Evitar la divulgación de información o registros confidenciales al acusado que podrían utilizarse para encontrar o acosar a la víctima o a su familia.
    5. Rechazar una solicitud de entrevista o declaración, a menos que sea por orden judicial, estableciendo condiciones razonables en la conducta de cualquier entrevista a la que la víctima consienta.
    6. Consultar razonablemente con las autoridades judiciales, con previa solicitud, respecto al caso.
    7. Recibir aviso, de manera razonable, sobre todos los procedimientos públicos, incluso los procedimientos de incumplimiento, con previa solicitud, en los que el acusado y el fiscal tendrán derecho a estar presentes y con respecto a toda libertad condicional u otros procedimientos de liberación posteriores a la condena, y estar presentes en todos los procedimientos de este tipo.
    8. Comparecer, de manera razonable y con previa solicitud, en cualquier procedimiento público, incluyendo cualquier procedimiento de incumplimiento, en cualquier tribunal relacionado con la liberación o sentencia, y en cualquier procedimiento de libertad condicional.
    9. A la resolución oportuna del caso tras el arresto del acusado.
    10. Proporcionar información a cualquier funcionario público o empleado que realice la investigación precondenatoria sobre el impacto del delito en la víctima o la familia de la víctima, y cualquier recomendación de sentencia antes de que se dicte la sentencia del acusado.
    11. Recibir información, con previa solicitud, de la condena, sentencia, lugar y hora de encarcelamiento u otra disposición para el acusado, la fecha de liberación programada del acusado y la liberación o el intento de fuga por parte del acusado.
    12. A pleno resarcimiento en un tiempo conveniente.
    13. A la pronta devolución de los bienes legales cuando los mismos ya no sean necesarios como prueba.
    14. Recibir información de todos los procedimientos poscondenatorios, para participar y proporcionar información a la autoridad de vigilancia penitenciaria para su consideración antes de la libertad condicional del infractor y para que se le notifique, con previa solicitud, de la libertad condicional u otra liberación del infractor.
    15. Mantener la seguridad de la víctima, la familia de la víctima y del público en general antes de la libertad condicional u otra decisión de liberación posterior a la sentencia.
    16. Obtener todos los pagos en efectivo, dinero y bienes recaudados de cualquier persona a la que se le haya ordenado que proceda con el resarcimiento, e inicialmente se pagarán las sumas ordenadas como restitución a la víctima.
    17. Recibir información especifica de los derechos enumerados en esta sección, y que la información sobre dichos derechos se ponga a disposición del público en general.
  2. La víctima puede hacer valer sus derechos en cualquier tribunal con jurisdicción sobre el caso penal, y cualquier persona puede iniciar una acción judicial para obligar a un funcionario público o empleado a cumplir con cualquier obligación requerida por estos derechos enumerados o por cualquier legislación promulgada.
  3. Una víctima se define como cualquier persona dañada directa o de manera inmediata por la comisión de un delito bajo la ley de Nevada. Si la víctima es menor de 18 años de edad, es incompetente, incapacitada o llegó a fallecer, el término incluye al tutor legal de la víctima o un representante del patrimonio de la víctima, un miembro de la familia de la víctima o cualquier otra persona designada por el tribunal para actuar en nombre de la víctima. Un acusado no puede ser designado por el tribunal como representante de la víctima.

NV AOC November 2018